Extranjero, autónomo, sociedad, individual… sea cual sea tu condición o la del negocio que buscas comenzar a emprender, has de saber que el camino puede parecer interminable por la cantidad de procedimientos que hay que seguir. Pero bien valdrá la pena todo el esfuerzo cuando finalmente llegue el día de apertura.
Es aconsejable comenzar a la brevedad ya que todo esto del papeleo y solicitudes lleva su tiempo. La ayuda de un asesor será de gran utilidad para facilitar el proceso y cumplir con todos los requisitos, sobre todo porque pueden diferir según el municipio en el cual planees establecer tu actividad empresarial, y porque la normativa suele cambiar con frecuencia.
A continuación, marcamos el camino a la constitución de una empresa desde el mero comienzo.
Fase inicial: define qué quieres lograr y como. Establece un plan
Todo comienza con una gran idea, pero no debe quedarse ahí. Para materializar un negocio, lo primero es esculpirla para determinar si es viable o no. Para ello, puedes seguir estos pasos:
Estudia el mercado
Comienza analizando las posibilidades que tiene tu negocio en su sector, ya que cada uno es un mundo totalmente diferente. Dos estrategias comunes son el benchmarking y el análisis DAFO.
Cuando te fijes en tus competidores no te limites a los más grandes, también enfócate en tu competencia directa. Conocer y entender dónde y cómo se desenvuelven tus semejantes puede revelar información importante mientras marcas tu propio rumbo. Además, te ayudará a mantenerte a la vanguardia y a superarte cada día.
Estudia las debilidades y fortalezas de tu negocio, qué puedes hacer mejor, qué lo hace diferente a los demás del sector. Analiza cómo aprovechar las oportunidades que brinda el entorno y cómo superar las amenazas y obstáculos presentes en el mismo.
Estudia cómo obtener financiación
En algunos casos, se cuenta con ciertos fondos para llevar a cabo la idea, pero después de estudiarla más a fondo, se hace evidente la necesidad de otras fuentes de financiación. Las solicitudes de crédito en el banco y la búsqueda de inversores son las más comunes.
Un inversor es alguien que cree en tu idea y que pone el dinero necesario para hacerla realidad. Este dinero es otorgado a forma de préstamo con intereses, o por la adquisición de un porcentaje de la empresa.
Antes de embarcarte en cualquiera de estos instrumentos financieros, analiza la viabilidad del negocio, estima los ingresos que puede generar como reducir los costes y en caso de necesitar financiación el plazo y la manera de amortizarla. Si quieres leer más sobre este tema te invito a que revises estos consejos sobre como lograr financiación.
Business plan
Una vez que as realizado un estudio del mercado y de posibles fuentes finacieras es el momento de elaborar un business plan perfecto lo cual te servirá para sintetizar el modelo de negocio y la estrategia de la empresa, determinar su viabilidad económica,presentar la imagen de la empresa frente a terceros y como herramienta clave para conseguir financiación.
Trámites y requisitos
Una vez hayas determinado el tipo de negocio que quieres emprender, llega la hora de cumplir los trámites y requisitos que harán que tu proyecto pase de un sueño a la realidad. A continuación, dejamos un completo resumen de los pasos a seguir.
1. Elegir la forma jurídica
Hay varios tipos de empresa o formas jurídicas a establecer según tu situación. Empresario individual, sociedad anónima, sociedad limitada o cooperativa son de las más comunes. El Ministerio de Industria, comercio y turismo publica un cuadro comparativo de las formas jurídicas con información detallada de cada una de ellas:
Tipo de empresa | Nº socios | Capital | Responsabilidad |
---|---|---|---|
Empresario Individual (Autónomo) | 1 | No existe mínimo legal | El socio se responsabiliza con todos sus bienes |
Emprendedor de Responsabilidad Limitada | 1 | No existe mínimo legal | Ilimitada con excepciones |
Comunidad de Bienes | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | El socio se responsabiliza con todos sus bienes |
Sociedad Civil | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | El socio se responsabiliza con todos sus bienes |
Sociedad Colectiva | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | El socio se responsabiliza con todos sus bienes |
Sociedad Comanditaria Simple | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | El socio se responsabiliza con todos sus bienes |
Sociedad de Responsabilidad Limitada | Mínimo 1 | Mínimo 3.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Limitada de Formación Sucesiva | Mínimo 1 | No existe mínimo legal | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Limitada Nueva Empresa | Mínimo 1 Máximo 5 | Mínimo 3.000 Máximo 120.000 | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Anónima | Mínimo 1 | Mínimo 60.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Comanditaria por acciones | Mínimo 2 | Mínimo 60.000 euros | El socio se responsabiliza con todos sus bienes |
Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral | Mínimo 2 | Mínimo 3.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Anónima Laboral | Mínimo 2 | Mínimo 60.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Cooperativa | Cooperativas 1er grado: Mínimo 3 - Cooperativas 2º grado: 2 cooperativas | Mínimo fijado en los Estatutos | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado | Mínimo 3 | Mínimo fijado en los Estatutos | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedades Profesionales | Mínimo 1 | Según la forma social que adopte | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Agraria de Transformación | Mínimo 3 | No existe mínimo legal | El socio se responsabiliza con todos sus bienes |
Sociedad de Garantía Recíproca | Mínimo 150 socios participes | Mínimo 10.000.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Entidades de Capital-Riesgo | Al menos 3 miembros en el Consejo Administración | Sociedades de Capital Riesgo: Mínimo 1.200.000 €. Fondos de Capital Riesgo: Mínimo 1.650.000 € | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Agrupación de Interés Económico | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | El socio se responsabiliza con todos sus bienes |
Independientemente de la forma juridica que se elija hay una serie de tramites que son comunes a todas las contituciones de empresas.
2. Trámites Previos
Antes de comenzar con el proyecto es importante realizar:
Certificación negativa
El Registro Mercantil Central emite una Certificación negativa, documento que garantiza que el nombre de la sociedad no ha sido registrado anteriormente por otra empresa, acreditando que es exclusivo a tu emprendimiento. Esto se puede gestionar de manera presencial en las oficinas del Registro Mercantil, por correo o a través de la web.
Escritura notarial
Los socios fundadores deben firmar ante un notario una escritura pública formalizando la constitución de la sociedad mercantil y aprobando los estatutos, entiéndase, las reglas de funcionamiento de la sociedad.
3. Trámites de Hacienda
Declaración censal
En este instrumento se le comunica el inicio de actividades a la Administración Tributaria. Esto permite además solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF) y a futuro la aplicación, renuncia o revocación de algunos regímenes tributarios especiales.
Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.)
Hay registrarse en el Impuesto sobre Actividades Económicas con la actividad empresarial que se va a realizar, en una oficina de la Agencia Tributaria durante el primer mes de actividad.
Alta en el Impuesto de Bienes Inmuebles
Deben pagar este Impuesto las personas físicas y jurídicas y las entidades que sean:
- Propietarios de bienes inmuebles gravados sobre los que no recaigan derechos reales de usufructo o de superficie o una concesión administrativa.
- Titulares de un derecho real de usufructo o de superficie o de una concesión administrativa.
La gestión Catastral y Tributaria de este impuesto es llevada a cabo por los Ayuntamientos.
4. Trámites de Registro
Registro Mercantil
Se debe ingresar la empresa en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente la formalización de su constitución para obtener la plena competencia jurídica. Acudir a la oficina del Registro Mercantil de la provincia en la que fue domiciliada la empresa.
Oficina Patentes y Marcas
Las marcas y los nombres comerciales, así como patentes de invención, modelos de utilidad modelos industriales y dibujos industriales son algunos ejemplos de propiedad industrial que deben inscribirse en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o a través de la Red del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).
Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria
Se debe inscribir o anotar en cualquier momento los actos y contratos relativos a la propiedad y demás derechos reales sobre bienes inmuebles.
5. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Siempre que se constituya una sociedad se debe realizar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en un plazo de 30 días hábiles desde su constitución.
También es pagadero cuando se aumente o disminuya el capital social o se disuelva la sociedad.
6. Diseño de contratos laborales
Determina la fuerza laboral necesaria para la puesta en marcha de la empresa y ajusta en un documento de acuerdo a las condiciones en las cuales los empleados brindarán sus funciones al empleador, así como su respectiva retribución económica. No hay que olvidar que los prestadores de servicio deben cumplir con ciertos requisitos para ser contratados.
7. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
La empresa debe estar inscrita en la Seguridad Social de la Tesorería General de la Seguridad Social para poder afiliar y dar de alta a los trabajadores. Además, recibirá un número de identificación único válido en todo el territorio nacional. Una vez inscrita, las gestiones a la Seguridad Social se pueden hacer por internet.
8. Comienzo de actividades
Finalmente, está todo listo para poner en marcha tu negocio. Aunque no hay que olvidar que en los 30 días siguientes a la gran inauguración hay que presentar ante la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo una comunicación de apertura del centro de trabajo.
Importancia de la licencia de actividad
Antes de abrir por primera vez un establecimiento comercial, industrial o de servicio, hay que contar con la autorización del Ayuntamiento otorgada mediante un documento que prueba que el local cumple con las condiciones de habitabilidad y uso según las ordenanzas urbanísticas.
Dependiendo de la normativa municipal, se conoce como licencia de apertura, licencia de actividad o incluso como licencia de apertura y actividad. Su concesión le permite al empresario ejercer en esa ubicación la actividad determinada de su negocio y no podrá comenzar a operar hasta tenerla.
También se requiere en casos de reapertura tras la modificación o ampliación física de las condiciones de local y/o de sus instalaciones. Solo se puede pasar por alto en casos en los que se trabaje en casa en actividades que no sean de venta directa al público y que no perturben en la comunidad.
Hay varios tipos de licencia según la actividad a desempeñar, y de cada una dependerá la documentación solicitada para el otorgamiento de la misma.
Consejo adicional para quienes abren un negocio físico
Si tu negocio va ligado a una estructura física, ya sea propia o alquilada, la misma debe contar con la permisología correspondiente para evitar sanciones y no tener que interrumpir la ilusión de la apertura. En caso de tener que modificar o acondicionar un local, hay que solicitar la licencia de obras.
Licencia de obras
Los arreglos físicos para cumplir con ciertas medidas como las de insonorización, higiénicas, superficie mínima, plan contra incendios, o mobiliario, se deben hacer tras solicitar la licencia de obras en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento.
Los requisitos varían dependiendo del grado de las obras (mayores o menores), determinado mediante la evaluación de un técnico municipal. Además, hay que realizar el pago del correspondiente Impuesto sobre Construcciones y obras.
Cómo montar un negocio en España siendo extranjero
Los extranjeros con residencia permanente deben seguir el mismo procedimiento que un emprendedor español. En cambio, aquellos residentes temporales que busquen abrirse paso en la economía nacional deben apegarse a los siguientes requisitos y trámites:
Requisitos
- Ser residente legal y mayor de edad.
- Carecer de antecedentes penales por delitos existentes dentro de la legislación penal española en los últimos cinco años.
- Tener un seguro de salud en España.
- Realizar un informe sobre el establecimiento o actividada realizar con su respectivo plan de negocio, proyectando la inversión, rentabilidad y puestos de trabajo a crear, demostrando que es de interés para la economía española.
- Demostrar que posee recursos necesarios para su manutención y alojamiento, y además la inversión necesaria para comenzar su negocio.
- Poseer la formación y la experiencia necesaria para ejercer la actividad de su negocio, así como los títulos requeridos en caso de profesiones en las que se exijan homologaciones o colegiación.
- Cumplir con la normativa vigente de los requisitos de apertura según el tipo de negocio a establecer.
Trámites
Si se cuenta con los requisitos recién descritos, en resumen, los trámites correspondientes serían:
- Abrir una cuenta bancaria en España.
- Solicitar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia (Modelo EX07) y abonar las tasas correspondientes en la Delegación del Gobierno.
- Con esta solicitud sellada, debes volver a tu país de origen y en el consulado español solicitar el visado de trabajo. Una vez todo aprobado, retornarás a España para dar inicio a tu proyecto.
- Realizar los trámites de Hacienda y Registro Mercantil anteriormente descritos para formalizar la constitución de su empresa, así como cualquier otro necesario según la actividad a ejercer.
Como has podido comprobar es necesario estar pendiente de muchos detalles para conseguir crear tu empresa. Alcanzar el exito como emprendedor requiere trabajo, constancia y dedicación. A cambio, podrás transformar un proyecto en tu nueva realidad.
Estas son los pasos del procedimiento a seguir de principio a fin. Siguiendo estos consejos crearás tu empresa en muy poco tiempo y si mantienes el nivel de compromiso necesario seguro que conseguirás las metas que te propongas. Suerte.